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Gobierno aprueba decreto que establece que la banca debe destinar el 6% de sus utilidades netas a Fondos de Garantía

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro.

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CCB / Jueves 03 de Febrero de 2022 - 18:44

El ministro de Economía y Finanzas Públicas Marcelo Montenegro, informó este jueves que el Gobierno Nacional promulgó el Decreto Supremo 4666, este 02 de febrero de 2022, mediante el cual se establece que la Banca Múltiple y la Banca Pyme debe destinar el 6% de sus utilidades netas, obtenidas en 2021, para la conformación de Fondos de Garantía, en observancia a la Ley de Servicios Financieros que establece que las entidades de intermediación financiera deben cumplir con la función social.

 “El Decreto Supremo 4666 establece que, en observancia la Ley 393, los Bancos Múltiples y los Bancos Pymes deben destinar 6% de sus utilidades netas de la gestión 2021, para el cumplimiento de la función social, cuyo destino es gestiones pasadas fue para la constitución de Fondos de Garantía”, informó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, en conferencia de prensa.

Esta determinación se realiza en cumplimiento al artículo 115 de la Ley N° 393, de Servicios Financieros, que establece que las entidades de intermediación financiera destinarán anualmente un porcentaje de sus utilidades, el cual será definido mediante decreto, para fines de cumplimiento de su función social, sin perjuicio de los programas que las propias entidades financieras ejecuten.

Montenegro aclaró que no se trata de un nuevo impuesto para la banca como aseguran ciertos analistas, “en relación a esa versión de que este sería un nuevo impuesto, es totalmente falso toda vez que se demostró que la función social está establecida en la Ley N° 393 y que ya anteriormente los Bancos Múltiples y Pymes, realizaron aportes del 6% para conformar distintos Fondos de Garantía”, precisó. 

Para el cumplimiento del Decreto Supremo 4666, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas deberá emitir la Resolución Ministerial correspondiente, en el plazo de hasta treinta (30) días hábiles.

De igual forma, los Bancos Múltiples y Bancos PYME, en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles computables a partir de la fecha en que se celebre la Junta de Accionistas que apruebe el destino de las utilidades, transferirán con carácter definitivo e irrevocable los montos resultantes de aplicar el porcentaje establecido en el decreto 4666.

Utilidades

Al 31 de diciembre de 2021, las utilidades netas del sistema financiero llegaron a $us225 millones y se incrementó en 60% en comparación con la gestión 2020, cuando alcanzaron a $us140 millones.

Desde 2014, con el 6% anual de las utilidades netas obtenidas por las entidades financieras en la gestión 2013, se constituyeron el Fondo de Garantía de Créditos de Vivienda de Interés Social; Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Productivo; posteriormente en la gestión 2016, se constituyó el Fondo de Capital Semilla.

“Este porcentaje de utilidades, que se asigna a esos fondos, permite incrementar la capacidad de emisión de garantías, lo cual incrementará la otorgación de créditos,”, complementó Montenegro.

Destacó la importancia de crear estos Fondos de Garantía porque las entidades financieras tienen más facilidad de acomodar los créditos y los usuarios pueden acceder a los préstamos para cubrir su necesidad de financiamiento, reactivar el sector productivo del país y facilitar el acceso a créditos de Vivienda de Interés Social (VIS).

En ese contexto, al 31 de diciembre de 2021 el Fondo de Garantía para Créditos de Vivienda de Interés Social (FOGAVIS) llegó a $us378 millones y benefició a 89.933 familias, mientras que el Fondo de Garantía de Créditos para el Sector Productivo (FOGACP) llegó a $us261 millones.   

Al 31 de diciembre de 2021, la cartera bruta del Sistema Financiero alcanzó a $us29.604 millones, los depósitos con $us30.770 millones y el patrimonio de las entidades llegó a $us3.346 millones, de acuerdo con los datos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

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