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Empresarios privados aseguran que DS 4794 viola la CPE al no priorizar el consumo interno de gas en el país

Gerente General de la Cámara Nacional de Exportadores de Bolivia (CANEB), Marcelo Olguín.

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CCB / Viernes 30 de Septiembre de 2022 - 14:13

El gerente General de la Cámara Nacional de Exportadores de Bolivia (CANEB), Marcelo Olguín, informó este viernes que el Decreto Supremo 4794 que establece que las industrias deben cambiar su matriz energética de gas a eléctrica, viola el artículo 367 de la Constitución Política del Estado (CPE), que establece los hidrocarburos deben sujetarse a una política de desarrollo que garantice el consumo interno.

“Ataca a la coherencia interna de las políticas públicas; la CPE, en su artículo 367 establece que se debe dar prioridad al consumo interno, y el consumo interno sea domiciliario o industrial, está marcado así en la Constitución, debe ser prioritario (…) se estaría tomando esta decisión para restar el consumo interno industrial y trasladar eso a la exportación de gas a mercados de Brasil y la Argentina”, sostuvo Olguín a la Agencia de Noticias CCB.

El representante de los empresarios privados exportadores, señaló que ello va en contra de las políticas que persigue el propio Gobierno nacional, de industrialización, sustitución de importaciones e inclusive en contra de la Constitución Política del Estado que establece como prioridad el consumo interno no solo de los hidrocarburos, sino también de todo producto en el marco de la soberanía alimentaria.

El Artículo 367 de la CPE establece que: “La explotación, consumo y comercialización de los hidrocarburos y sus derivados deberán sujetarse a una política de desarrollo que garantice el consumo interno. La exportación de la producción excedente incorporará la mayor cantidad de valor agregado”.

En ese marco Olguín señaló que el Gobierno pueda revisar la norma y reconsiderarla a lo interno, con el fin de que la misma no vulnere la CPE y no vaya en incoherencia de las políticas públicas de desarrollo que manda la ley madre de Bolivia.

Señaló que la norma restaría competitividad a la producción de mercancías de exportación; pero que también repercutiría sobre los costos finales de los productos para el mercado interno y estarían en menores condiciones de competir con productos que ingresan mediante importación formal e inclusive productos de contrabando.

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