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Gobierno determina cuarentena nacional dinámica a partir del 1 de junio y diferimiento de créditos

Ministro transitorio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Oscar Ortiz.

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CCB / Jueves 28 de Mayo de 2020 - 18:16

El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Oscar Ortiz, informó este jueves que el gabinete ministerial, a través de varios decretos, determinó la cuarentena nacional dinámica y condicionada a partir de este lunes primero de junio, además del diferimiento de créditos bancarios hasta el mes de septiembre.

"El gabinete ministerial ha aprobado varios decretos hoy, especialmente aquel que regula la cuarentena de junio, una cuarentena nacional dinámica y condicionada, en la cual se va a permitir reiniciar una serie de actividades que aún no estaban operando", sostuvo Ortiz a los periodistas en Plaza Murillo.

La autoridad detalló que el Gobierno estableció un rango de horario de trabajo de entre las 05.00 a 18.00 para la circulación, sin embargo, cada departamento y municipio en el marco de sus autonomías debe regular los horarios de los distintos sectores que reinicien sus actividades.

Aseveró que se estableció mayores niveles de decisión a los gobiernos departamentales y municipales para que desde sus Centros de Operaciones de Emergencia (COE) definan y regulen en detalle las formas en que van a operar los distintos sectores en su jurisdicción, por lo que aseguró que los mismos podrán inclusive encapsular o volver a una cuarentena rígida algunas regiones o distritos dependiendo del comportamiento de la pandemia del COVID-19.

Respecto a las salidas según el último dígito de la cédula de identidad, el Ministro refirió que esa medida ya no está vigente porque ahora se podrá circular en los horarios mencionados.

Por otra parte la autoridad informó que se aprobaron decretos que autorizan el diferimiento de pagos en materia impositiva, créditos, en servicios básicos como telecomunicaciones y en el pago a las administradoras de fondos de pensiones, todo con el fin de velar por la economía de las familias y la preservación de empleos.

Detalló que en el caso de los créditos bancarios,  se diferirán hasta el mes de septiembre los pagos de los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de personas que deban menos de 1.000.000 de bolivianos, los que deban montos mayores deberán iniciar su pago desde el mes de junio.

"Anteriormente se habían diferido las cuotas de marzo, abril y mayo, con este nuevo decreto para todos aquellos que deben menos de un millón de bolivianos se estarían difiriendo las cuotas de junio, julio y agosto", sostuvo Ortiz.

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