La Paz, Bolivia
28 de marzo de 2024
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La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, este jueves demandó públicamente a la Presidente del Estado, Jeanine Áñez, a promulgar la Ley que incorporar a las clínicas privadas en la lucha contra la COVID-19 y puedan atender obligatoriamente, de forma gratuita y sin dilación alguna a todas las personas que sean referidas por el Sub Sector Público de Salud.
“Observamos la falta de acción oportuna, diligente y un evidente incumplimiento de deberes por parte de la Presidenta transitoria Jeanine Áñez respecto a la omisión en la promulgación de la referida Ley; denunciamos públicamente esta conducta, que además de infringir la Constitución Política del Estado, pone en situación de riesgo y vulnerabilidad la salud de la población”, manifestó la Defensora del Pueblo Nadia Cruz.
La Defensora, en conferencia de prensa manifestó que en este momento en que el sistema público y de seguridad social de salud se encuentra colapsado, es importante que las clínicas privadas se incorporen en la lucha contra el coronavirus de forma universal y con acceso irrestricto hacia la toda la población y no sólo para las personas que cuentan con recursos económicos.
La institución defensorial realizó verificaciones en las que evidenció que el subsistema público de salud se encuentra completamente colapsado y desbordado en cuanto a su capacidad para atender y recibir pacientes aquejados por COVID- 19, situación que los obliga a someterse a las condiciones exigidas por los dueños de establecimientos privados de salud que demandan montos exorbitantes como garantía que oscilan entre los 20 mil y los 30 mil dólares, previo a la internación.
“Este estado de vulnerabilidad absoluta es en el que ha puesto a la población la actitud negligente y dilatoria de la Presidente Áñez al no promulgar la Ley para Garantizar la Atención y Tratamiento por Parte del Subsector Privado de Salud Durante la Emergencia Sanitaria Producida por el Coronavirus COVID – 19”, remarcó Cruz quien, además, dijo que no se quiere pensar que haya una suerte de protección a las clínicas privadas en desmedro de la población.
Dicha Ley fue elaborada por la Defensoría del Pueblo en coordinación con la Comisión de Salud y Educación de la Cámara de Diputados y de Senadores y tiene por objeto garantizar la atención gratuita de pacientes con COVID - 19 por parte del Subsistema Privado de Salud que integra el Sistema Nacional de Salud, estableciendo a su vez el mecanismo para el reembolso por parte del Estado.
Establece, además, que las clínicas y centros privados de salud deben atender obligatoriamente y sin dilación alguna a todas las personas que sean referidas por el Subsector Público de Salud. La normativa fue sancionada el 8 de julio pasado y remitida al Ejecutivo para su promulgación.
La posición de la Defensoría del Pueblo recoge, además, las “Directrices Interamericanas para la protección de los Derechos Humanos de las personas con COVID-19” adoptadas por la CIDH mediante Resolución N° 04/2020, de 27 de julio, que en el caso concreto establecen que para los casos de abusos o violaciones sobre los derechos de las personas con COVID-19, donde intervienen empresas o actores privados relacionadas con el sector de la salud y del cuidado, los Estados deben fortalecer mecanismos transparentes y efectivos de monitoreo, vigilancia y fiscalización sobre estos, previendo, según corresponda, sanciones efectivas y reparaciones adecuadas para las personas con COVID-19.
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