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Gobierno otorga periodo de gracia de cuatro meses para la reprogramación y/o diferimiento de créditos

Autoridades del Ministerio de Economía.

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CCB / Martes 05 de Enero de 2021 - 19:56

El Gobierno nacional decidió otorgar un periodo de gracia de cuatro meses para la reprogramación y/o diferimiento de créditos con cuotas diferidas. Para ello, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió la Resolución ASFI 32021, la cual dio a conocer a las entidades financieras mediante una circular.

En conferencia de prensa, la Viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza, y el Director Ejecutivo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Reynaldo Yujra, informaron sobre la incorporación en la normativa emitida por ASFI.

A través de la Resolución ASFI 32021, la cual dio a conocer a las entidades financieras mediante una circular, se establece un periodo de gracia, de al menos cuatro (4) meses, para las operaciones de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos cuyas cuotas fueron diferidas, en el marco del Decreto Supremo N° 4409 de 2 de diciembre de 2020.

“Con esta modificación se posibilita que aquellas personas que todavía, a pesar de todas las ventajas que se han establecido en el Decreto Supremo 4409, pudieran tener alguna dificultad para la cancelación de los créditos, puedan tener como mínimo una base de cuatro meses, y en función a la evaluación que se haga podrán, con la entidad financiera, acordar un plazo mayor”, dijo Espinoza.

La determinación de la inclusión del período de gracia fue asumida como resultado de la evaluación efectuada entre las autoridades del sector económico a la cabeza de los Ministros de Economía y Finanzas Públicas y de Desarrollo Productivo y Economía Plural, en atención a las demandas expresadas por los distintos sectores de la económica del país, considerando que la población en general se vio afectada en el desarrollo normal de sus actividades, debido a las restricciones que conllevó la contención de la propagación de la pandemia COVID-19.

La incorporación del periodo de gracia favorecerá a todos los prestatarios en general, cuyos créditos fueron diferidos en sujeción al Decreto Supremo 4409, permitiéndoles contar con un tiempo durante el cual no tendrán que pagar la cuota parte del capital, además de lograr mayor plazo para el pago de sus obligaciones crediticias, lo que posibilitará reactivar sus actividades económicas.

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